Preparar la mudanza
Te aprobaron la residencia de nómada digital en España: los pasos que siguen
Alta en Hacienda y Seguridad Social, empadronamiento, huellas y TIE. El orden importa y el alta como autónomo no puede esperar.
Equipo editorial de Nomad Hub · Actualización editorial:
La resolución favorable no es el final del trámite
La autorización de teletrabajo te permite residir y trabajar en España, pero vienen obligaciones inmediatas. Si te la concedieron como profesional independiente, firmaste un compromiso de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) una vez obtenida la autorización y antes de empezar la actividad en España. La UGE es explícita: si una revisión posterior detecta que no te diste de alta, la autorización se puede extinguir, también la de tus familiares.
Alta en Hacienda y en Seguridad Social, primero
El alta tiene dos partes: la declaración censal en Hacienda (modelo 036 o 037, con tu actividad y su epígrafe) y el alta en RETA. En el caso que tomamos como referencia, el estudio recomendó hacerla dentro del primer mes desde la notificación, porque la UGE estaba siendo estricta con el inicio de actividad. El obstáculo práctico es la identificación: sin TIE cuesta conseguir Cl@ve o certificado digital. La vía que propone la propia UGE es ir con la resolución a un Punto de Atención al Emprendimiento (PAE), que tramita ambas altas a través del sistema CIRCE y puede hacerlo en tu nombre aunque no tengas certificado. Una gestoría también puede hacerlo con tu autorización.
- UGE · Preguntas frecuentes de teletrabajadores
- Ministerio de Industria · Puntos de Atención al Emprendimiento
- AEAT · Modelo 036
Empadronamiento y certificado digital
El empadronamiento acredita tu domicilio en el municipio y te lo van a pedir para la cita de huellas, con una antigüedad máxima de tres meses. Revisá antes de firmar que tu contrato de alquiler o tu alojamiento te permita empadronarte. Después, conseguí tu identificación electrónica: el certificado de persona física de la FNMT o el registro en Cl@ve. Te van a hacer falta para presentar impuestos, pagar cuotas y renovar.
Huellas y Tarjeta de Identidad de Extranjero
Con la autorización concedida, pedí cita para la toma de huellas y la expedición de la TIE en la comisaría que corresponde a tu domicilio, dentro del plazo que figure en tu resolución. En el caso de referencia les pidieron: impreso de solicitud de TIE firmado, pasaporte original vigente, fotografía tamaño carné con fondo blanco, resolución favorable, tasa 012 pagada y certificado de empadronamiento reciente. Al retirar la tarjeta se presenta el resguardo de huellas y el pasaporte.
- Policía Nacional · Extranjería(acceso parcial)
Tarjeta sanitaria y la renovación
Con el padrón y el alta en Seguridad Social podés pedir la tarjeta sanitaria en tu comunidad autónoma. Pensá en la renovación desde el primer día: se va a comprobar que cumpliste con Hacienda, que cotizaste y que mantuviste la facturación exigida de forma sostenida. Guardá facturas, extractos y justificantes de cuotas mes a mes. Si querés delegar el alta o los impuestos trimestrales, en asesoría fiscal y gestoría explicamos cómo elegir a quien te acompañe.
Llevate este próximo paso
- Alta en Hacienda y en RETA dentro del primer mes desde la resolución.
- Empadronamiento con contrato que lo permita.
- Cita de huellas con impreso, foto, tasa, resolución y padrón reciente.
- Facturación sostenida y cuotas al día para la renovación.
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